Cambio de apellido y familia ensamblada: manifestación del derecho a la identidad y el principio de autonomía progresiva.
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Editor
Thomson Reuters
Fecha de publicación
2024-06
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Número de páginas
pp. 837-852
Resumen
Se analiza la procedencia de las solicitudes de modificación del nombre de niños, niñas y adolescentes cuando estos buscan sustituir el apellido de uno de sus progenitores por el de una figura parental con quien mantienen vínculos afectivos y de convivencia. A partir del reconocimiento del nombre como elemento constitutivo de la identidad personal, se examina el marco normativo chileno aplicable, particularmente la Convención sobre los Derechos del Niño, la Ley N.º 21.430 sobre garantías y protección integral de la niñez y adolescencia y la Ley N.º 17.344 sobre cambio de nombres y apellidos. Asimismo, se aborda la transformación de las estructuras familiares y la relevancia que adquieren los vínculos socioafectivos en la construcción personal de niños, niñas y adolescentes. Mediante el estudio de decisiones recientes de la Corte Suprema, las Cortes de Apelaciones de Valparaíso y Puerto Montt y el Tribunal Constitucional, se identifican los criterios empleados por la jurisprudencia para resolver estas solicitudes. Se concluye que la edad no constituye, por sí sola, un límite para adoptar una decisión de esta naturaleza, debiendo ponderarse la madurez, las circunstancias particulares, la opinión del niño, niña o adolescente, su interés superior y los vínculos afectivos existentes.